Castilla-La Mancha

Comunidad autónoma, España. Autoridad : Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha — Consejería de Desarrollo Sostenible (Viceconsejería de Medio Ambiente ; Delegaciones Provinciales).
Normativa 2026, comprobado el 23 de septiembre de 2026.

Trucha comúnHábil hoy
0por día
Licencia
44,40 €Licencia de pesca (5 años)
Próximo cierre
30 sept 2026Trucha común (Salmo trutta) — aguas trucheras de baja montaña
Tallas mínimas
4

Material útil en esta zona

Elegido según las especies y tallas reguladas en esta zona.

Dónde pescar

© OpenStreetMap

Calendario de pesca 2026

Especie

Pesca sin muerte obligatoria. Excepciones provinciales en el art. 7 (p. ej. Guadalajara: cierre general el 31.07 en la mayoría de aguas trucheras ; alto Tajo en Cuenca: apertura 01.06 ; tramo del Jarama limítrofe con Madrid: cierre 19.07). Fuera del período hábil queda prohibida la pesca de todas las especies en aguas trucheras, salvo tramos de « régimen especial de ciprínidos ».

Pesca sin muerte obligatoria ; excepciones provinciales en el art. 7.

Aguas no declaradas trucheras (todas las especies pescables)1todo el año

Art. 3: la pesca con caña podrá practicarse durante todo el año respetando cupos y tallas ; la trucha común únicamente sin muerte.

Cangrejo rojo (Procambarus clarkii) — control de poblaciones11 jun → 31 ene

Veda del 1 de febrero al 31 de mayo (nidificación de aves acuáticas) ; fuera de ella, desde una hora antes del orto hasta dos horas después del ocaso, solo en áreas del anexo III.

Barras llenas: pesca permitida. Línea amarilla: hoy.

Tallas mínimas

EspecieTalla mínima0–60 cm
Trucha común (Salmo trutta)1
Sin muerte: sin talla aplicable.
no publicado
Barbo común (Luciobarbus bocagei)1
Cuando se autoriza la pesca extractiva.
18 cm
Boga de río (Pseudochondrostoma polylepis)1
Cuando se autoriza la pesca extractiva.
10 cm
Black bass, lucio, carpa, carpín, trucha arco iris1
Especies exóticas: « Control de poblaciones mediante la pesca », sin talla mínima en el anexo I.
no publicado

Cupos de captura

EspecieCapturas permitidas
Barbos — Albacete1
Solo en embalses de Fuensanta y Cenajo ; resto de aguas libres de la provincia: barbos y ciprínidos autóctonos sin muerte.
6 por día
Barbos — Ciudad Real1
En todos los cursos y masas de agua (en lagunas de Ruidera y embalse de Peñarroya, barbos cabecicorto, comizo y mediterráneo sin muerte).
5 por día
Barbos — Cuenca1
Solo en embalses de Contreras, Alarcón y Buendía ; resto de la provincia sin muerte.
6 por día
Barbos — Guadalajara1
Solo en embalses ; resto sin muerte.
3 por día
Trucha común1
Pesca sin muerte en toda la comunidad.
0 por día

Licencia

LicenciaValidezPrecio
Licencia de pesca (1 año)2
No estar inhabilitado ; documento identificativo ; menores con autorización del tutor legal ; sin examen. Pago con tarjeta en DIANA o modelo 046. Residentes en Castilla-La Mancha: licencia anual gratuita (0,00 €), acreditando empadronamiento ; jubilados residentes: anual o quinquenal gratuita (primera expedición solo en oficinas de la Junta).
1 año8,88 €
Licencia de pesca (5 años)2
Mismos requisitos.
5 años44,40 €
Licencia de pesca residentes (1 año)2
Residencia en Castilla-La Mancha (certificado de empadronamiento o autorización de verificación) ; en DIANA seleccionar « Pesca anual residentes ».
1 año0 €
Licencia interautonómica de pesca2
Válida en las CCAA del convenio.
1 año25 €
Licencia de embarcación / aparatos flotantes2
No gratuita para residentes.
1 año16,72 €

Comprar la licencia en diana.castillalamancha.es

Examen2
: no obligatorioRequisitos oficiales de la licencia de pesca: no estar inhabilitado, documento identificativo, autorización del tutor para menores (el examen solo existe para la caza).

Categorías de aguas

  • Aguas declaradas trucheras (alta montaña / baja montaña), con tramos funcionales del Plan de Gestión de la Trucha Común: máxima protección (solo mosca artificial), conservación (mosca y cucharilla), restauración y degradado (mosca, cucharilla y señuelos artificiales)
  • Aguas no declaradas trucheras
  • Aguas en régimen especial (anexo II): cotos, cotos intensivos, vedados, tramos de pesca sin muerte, refugios de pesca

A tener en cuenta

Orden anual (Orden 20/2026, DOCM núm. 29 de 12.02.2026), prorrogada hasta la publicación de la orden de la temporada siguiente. Pesca de la trucha común únicamente sin muerte en toda la región ; anzuelos sin arponcillo en aguas trucheras ; prohibida la pesca desde embarcación en aguas trucheras. Prohibido usar peces, cangrejos o moluscos como cebo vivo. Solo comercializables la tenca y la trucha arco iris. Anguila: pesca prohibida. Recomendación oficial de no consumo de peces y cangrejos en varios tramos por metales pesados (río Guadiana, lagunas de Ruidera, Henares aguas abajo de Guadalajara, Tajo aguas abajo del Jarama, etc.). Limpieza y desinfección obligatoria de equipos (mejillón cebra, almeja asiática, moco de roca).

Especies invasoras

  • Especies exóticas invasoras con « control de poblaciones mediante la pesca »: carpín (Carassius auratus), carpa (Cyprinus carpio), trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss), black bass (Micropterus salmoides), lucio (Esox lucius), pez gato negro (Ameiurus melas), perca sol (Lepomis gibbosus), gobio (Gobio lozanoi, declarado invasor en CLM por Resolución de 10.11.1994), lucioperca (Sander lucioperca), alburno (Alburnus alburnus), cangrejo rojo (Procambarus clarkii), cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) : Art. 5.3: solo podrán pescarse en las áreas de distribución del anexo III ; se autoriza la posesión y el transporte en muerto de las capturadas en esos lugares ; « La pesca accidental de cualquier especie exótica invasora incluida en el anexo I, fuera de los lugares establecidos para esa especie concreta en el anexo III, conllevará su sacrificio inmediato ». Prohibido su uso como cebo muerto.1
  • Especies exóticas invasoras de pesca prohibida: siluro (Silurus glanis), gambusia (Gambusia holbrooki), escardino o gardí (Scardinius erythrophthalmus), pez gato punteado (Ictalurus punctatus), rutilo (Rutilus rutilus), perca de río (Perca fluviatilis) : « Prohibida su pesca » (anexo I). Rige el art. 7.3 RD 630/2013 (no devolución al medio).1

Lo que la autoridad no publica

Puntos que no hemos encontrado en los textos oficiales: consultar con la autoridad.

  • Tallas mínimas de tenca, cacho y otras autóctonas : l'anexo I n'en fixe que pour barbo común (18 cm) et boga de río (10 cm) ; vérifier les excepciones provinciales auprès des Delegaciones Provinciales
  • Cupos généraux autres que barbos : non publiés dans l'Orden 2026 ; cotos selon leur réglementation (anexo II)

Las normas cambian cada año y pueden modificarse durante la temporada. Antes de pescar, comprueba el texto vigente con la autoridad indicada.

Dónde pescar

Lugares de pesca recogidos en las fuentes oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la licencia de pesca en Castilla-La Mancha en 2026?

La licencia «Licencia de pesca (5 años)» cuesta 44,40 € (5 años). Las demás modalidades y precios están en la tabla, con la fuente oficial.

¿Cuándo se abre la pesca de trucha común en Castilla-La Mancha?

Trucha común: 1 abr → 30 sept, según el calendario oficial de arriba.

Fuentes oficiales

  1. Orden 20/2026, de 4 de febrero, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, de Vedas de Pesca de 2026 (DOCM núm. 29, 12.02.2026) (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  2. Licencias de caza y pesca — Portal de Caza y Pesca de Castilla-La Mancha (tasas) (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  3. La Pesca en Castilla-La Mancha — Temporada 2026 (folleto oficial) (consultado el 23 de septiembre de 2026)

Última comprobación : 23 de septiembre de 2026.

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