Extremadura

Comunidad autónoma, España. Autoridad : Junta de Extremadura — Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural (Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura).
Normativa 2026, comprobado el 23 de septiembre de 2026.

Trucha comúnHábil hoycategoría : Ver el detalle abajo
21 cmtalla mín.3por día
Licencia
25 €Licencia interautonómica de pesca
Líneas del calendario abiertas el
223 de septiembre de 2026
Tallas mínimas
21 cmTrucha común (Salmo trutta)

Material útil en esta zona

Elegido según las especies y tallas reguladas en esta zona.

Dónde pescar

© OpenStreetMap

Calendario de pesca 2026

Especie

Pesca sin muerte en aguas libres: « Las truchas comunes que sean capturadas en aguas libres serán inmediatamente devueltas a sus aguas de procedencia » (art. 4.3). Règlement en vigueur (Orden General de Vedas du 07.11.2022, en vigor desde el 01.01.2023, vigencia plurianual).

Pescables martes, jueves, sábados, domingos y festivos nacionales o regionales ; cupo 3 truchas/día, talla 21 cm ; solo lombriz y cebos artificiales con anzuelo sencillo. Règlement en vigueur (Orden General de Vedas du 07.11.2022, en vigor desde el 01.01.2023, vigencia plurianual).

Tramos de pesca sin muerte con veda de temporada (anexo II)1tercer domingo de marzo → 31 jul

Martes, jueves, sábados, domingos y festivos ; cebo artificial con anzuelo sencillo sin muerte o arponcillo. Règlement en vigueur (Orden General de Vedas du 07.11.2022, en vigor desde el 01.01.2023, vigencia plurianual).

Especies objeto de pesca en aguas libres (tenca, cacho, bogas, barbos, calandino, etc.)1todo el año

Art. 4.2: se podrán pescar durante todo el año en las aguas libres. Pesca sin muerte obligatoria de barbos, bogas y cachos en sus remontes reproductivos (art. 7.2). Règlement en vigueur (Orden General de Vedas du 07.11.2022, en vigor desde el 01.01.2023, vigencia plurianual).

Barras llenas: pesca permitida. Línea amarilla: hoy.

Tallas mínimas

EspecieTalla mínima0–60 cm
Trucha común (Salmo trutta)1
Solo aplicable en vedados con temporada (en aguas libres sin muerte).
21 cm
Tenca (Tinca tinca)115 cm
Pardilla (Iberochondrostoma lemmingii)16 cm
Cacho (Squalius pyrenaicus, cuenca del Tajo)18 cm
Bogas (Pseudochondrostoma sp.)112 cm
Barbos (Barbus sp.)118 cm
Calandino (Squalius alburnoides)16 cm
Carpa, carpín, trucha arco iris1
Sin limitación por talla, cupo o temporada en aguas embalsadas artificialmente antes de 2007.
no publicado
Black-bass, lucio1
Sin limitación por talla, cupo o temporada en los grandes embalses listados (Tajo: Gabriel y Galán, Alcántara, Valdecañas… ; Guadiana: Cíjara, Orellana, La Serena, Zújar, Alqueva…).
no publicado

Para comprobar la talla mínima: Trucha común 21 cm aquí. Báscula colgante digital 50 kg 30,90 €

Cupos de captura

EspecieCapturas permitidas
Trucha común (Salmo trutta)1
Solo en vedados con temporada abierta del anexo II ; en aguas libres sin muerte.
3 por día
Tenca110 por día
Pardilla115 por día
Cacho (cuenca del Tajo)115 por día
Bogas110 por día
Barbos110 por día
Calandino115 por día
Carpa, carpín, trucha arco iris, black-bass, lucio1
Sin cupo en las aguas/embalses indicados en la tabla I.
no publicado

Licencia

LicenciaValidezPrecio
Licencia de pesca (única para todas las modalidades: con muerte, sin muerte y trucha)2
Pago con modelo 050 (código de tasa 23031 6) y solicitud ; alternativa: declaración responsable enviada a declaralicenciapesca@juntaex.es o registrada, que permite pescar desde su presentación. Mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura: exentos del pago. Bonificaciones del 25 % acumulables (mujer, menores de 30 años, discapacidad ≥33 %, federados, familia numerosa), hasta el 100 %, solo en licencias de 1 año. Sin examen. Nominal e intransferible.
1 año (2 años 10,20 € ; 3 años 15,30 € ; 4 años 20,40 € ; 5 años 25,50 €)5,10 €
Licencia interautonómica de pesca2
Código de tasa 23074 5 (modelo 050). Válida en las 10 CCAA del convenio.
1 año desde la expedición25 €

Comprar la licencia en juntaex.es

Examen3
: no obligatorioLa ficha oficial de la licencia de pesca solo exige no estar inhabilitado ; el examen solo existe para la caza.

Categorías de aguas

  • Tramos vedados de pesca (prohibida todo el año)
  • Tramos con veda de temporada y cupo
  • Tramos de pesca sin muerte pescables todo el año
  • Tramos de pesca sin muerte con veda de temporada
  • Tramos sin muerte de pesca tradicional (ciprínidos autóctonos)
  • Cotos de pesca (según Plan Técnico de Gestión)
  • Aguas libres

A tener en cuenta

Hasta tres cañas por persona (una en aguas trucheras). Horario: de una hora antes de la salida del sol a una hora después de su puesta (horario libre desde puesto fijo en tramos del anexo II). Prohibido usar peces continentales, cangrejos, almejas o mejillones como cebo en ríos. Resolución de 18.03.2026 (DOE núm. 59, 26.03.2026): modifica tramos del anexo II (p. ej. Garganta de los Buitres pasa a « trucha sin muerte con temporada ») y declara nuevos tramos de pesca tradicional sin muerte.

Especies invasoras

  • Tabla II « carácter invasor en todos los casos »: lucioperca (Sander lucioperca), siluro (Silurus glanis), percasol (Lepomis gibbosus), pez gato negro (Ameiurus melas), pez gato punteado (Ictalurus punctatus), alburno (Alburnus alburnus), pseudorasbora (Pseudorasbora parva), cangrejo rojo (Procambarus clarkii), cangrejo señal (Pacifastacus leniusculus) y otros peces o cangrejos exóticos : « PROHIBIDA SU DEVOLUCIÓN VIVAS A LAS AGUAS DE PROCEDENCIA » (así como la difusión de prácticas o eventos que lo promuevan) ; prohibida con ejemplares vivos su posesión, transporte, tráfico y comercio. Prohibido el clonk para el siluro. El texto no menciona expresamente el sacrificio.1
  • Tabla III: carpín, carpa, trucha arco iris, black-bass, lucio, gambusia : « PROHIBIDA SU DEVOLUCIÓN VIVAS A LAS AGUAS DE PROCEDENCIA EXCEPTO EN LOS CASOS EN QUE SEAN PESCABLES (TABLA I) » (aguas embalsadas antes de 2007 / grandes embalses listados).1

Lo que la autoridad no publica

Puntos que no hemos encontrado en los textos oficiales: consultar con la autoridad.

  • Resolución de 18.03.2026 consultée via reproduction (noticias.juridicas.com) : URL DOE officielle non relevée, vérifier sur doe.juntaex.es (DOE núm. 59 du 26.03.2026)
  • Date de fin de validité de l'Orden General de Vedas 2022 : non indiquée dans le texte (plurianual), vérifier auprès du Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura

Las normas cambian cada año y pueden modificarse durante la temporada. Antes de pescar, comprueba el texto vigente con la autoridad indicada.

Dónde pescar

Lugares de pesca recogidos en las fuentes oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la licencia de pesca en Extremadura en 2026?

La licencia «Licencia interautonómica de pesca» cuesta 25 € (1 año desde la expedición). Las demás modalidades y precios están en la tabla, con la fuente oficial.

¿Cuándo se abre la pesca de trucha común en Extremadura?

Trucha común: … → 30 jun, según el calendario oficial de arriba.

¿Cuál es la talla mínima de trucha común en Extremadura?

Trucha común: 21 cm. Todo ejemplar menor debe devolverse al agua de inmediato.

Fuentes oficiales

  1. Orden de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 220, 16.11.2022) (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  2. Tasas de licencias de pesca y caza 2026 — Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  3. Licencia de pesca — Juntaex.es (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  4. Licencia interautonómica de pesca — Juntaex.es (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  5. Resolución de 18 de marzo de 2026 (DOE núm. 59, 26.03.2026) — reproducción; texto oficial en doe.juntaex.es (consultado el 23 de septiembre de 2026)

Última comprobación : 23 de septiembre de 2026.

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