Aragón

Comunidad autónoma, España. Autoridad : Gobierno de Aragón — Departamento de Medio Ambiente y Turismo (Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca) ; licencias expedidas por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA).
Normativa 2026, comprobado el 23 de septiembre de 2026.

Trucha comúnHábil hoycategoría : Ver el detalle abajo
21 cmtalla mín.3por día
TencaHábil hoy
Licencia
25 €Licencia interautonómica de pesca (Tasa 16, tarifa 08)
Próximo cierre
15 oct 2026Trucha común (Salmo trutta) — captura y suelta, aguas trucheras (norma general)
Tallas mínimas
21 cmTrucha común (Salmo trutta)

Material útil en esta zona

Elegido según las especies y tallas reguladas en esta zona.

Dónde pescar

© OpenStreetMap

Calendario de pesca 2026

Especie

Art. 5.3.a. Alta montaña e ibones en captura y suelta: 1 de junio–15 de octubre. Cotos sociales: tercer sábado de marzo–31 de octubre (alta montaña: 1 de junio–31 de octubre). Noguera Ribagorzana (cauce principal, alta montaña): segundo sábado de mayo–15 de octubre. Embalses de Pasonuevo, Linsoles, La Sarra y Canfranc-Estación: todo el año en captura y suelta. Todos los días de la semana son hábiles.

Art. 6.5. Alta montaña e ibones en régimen extractivo: 1 de junio–31 de agosto. Noguera Ribagorzana (tramos extractivos): 1 de mayo–30 de septiembre. Tramos de pesca intensiva: todo el año. Días hábiles: todos excepto miércoles y jueves no festivos (art. 6.6).

Arts. 11 y 20.2 (excepto Canal Imperial de Aragón y Canal de Tauste, art. 27.4).

Barras llenas: pesca permitida. Línea amarilla: hoy.

Tallas mínimas

EspecieTalla mínima0–60 cm
Trucha común (Salmo trutta)1
Talla de captura (slot) : únicamente se pueden sacrificar ejemplares de 21 a 25 cm inclusive, y los que superen 60 cm (art. 6.3.a). En cotos deportivos repoblados, tallas del plan técnico ; coto de Santa Quiteria: 21 a 30 cm.
21 cm
Barbo, gobio, piscardo, tenca1
Sin talla: devolución obligatoria al agua, vivos, de todos los ejemplares en todas las aguas de Aragón (art. 8.1).
no publicado
Especies alóctonas o exóticas (trucha arco iris, carpa, black-bass, lucio…)1
« No se establece ninguna dimensión mínima para las especies alóctonas o exóticas » (art. 17).
no publicado

Para comprobar la talla mínima: Trucha común 21 cm aquí. Báscula colgante digital retroiluminada 50 kg 32,90 €

Cupos de captura

EspecieCapturas permitidas
Trucha común (Salmo trutta)1
Máximo 3 ejemplares por pescador y día en aguas extractivas ; posesión nunca superior a 3 (salvo cotos deportivos repoblados según su plan técnico) (art. 6.2).
3 por día
Especies alóctonas o exóticas1
Sin cupo: « En ningún caso se podrán establecer cupos máximos de captura ni tallas mínimas o máximas para las especies alóctonas » salvo trucha arco iris en cotos (art. 16, 29.4).
no publicado

Licencia

LicenciaValidezPrecio
Licencia de pesca de Aragón (Tasa 16, tarifa 03) — primera expedición o renovación electrónica/domiciliada2
Renovación con comunicación postal: 11,73 € ; en ventanilla o tras impago previo: 12,79 €. Exentos (art. 70 bis Tasa 16): residentes en Aragón mayores de 65 años y menores de 14 años residentes en Aragón (licencia gratuita, validez 1 año para menores de 14). Las exenciones no se aplican a la licencia interautonómica.
11,51 €
Licencia interautonómica de pesca (Tasa 16, tarifa 08)2
Incluye la licencia de embarcación, en su caso. No admite exención por edad.
cuota fija anual (un año desde la expedición según el convenio)25 €

Comprar la licencia en aragon.es

Examen3
: no obligatorioAucun examen de pêcheur mentionné pour la licencia de pesca aragonaise (l'examen existe pour la chasse).
Tasa2
Tasa 16 por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca 11,51 €

Categorías de aguas

  • Aguas declaradas habitadas por la trucha (anexo I)
  • Aguas de alta montaña (anexo II)
  • Aguas ciprinícolas
  • Vedados (anexo III)
  • Cotos sociales en régimen de captura y suelta (anexo V)
  • Cotos deportivos (anexo VI, gestión FAPyC)
  • Cotos privados (anexo IV)
  • Tramos de pesca intensiva (anexo VIII)
  • Tramos libres extractivos en aguas trucheras (anexo IX)
  • Escenarios deportivos (anexo VII)

A tener en cuenta

Pesca sin muerte de la trucha común: régimen exclusivo de captura y suelta en todas las aguas trucheras libres salvo los tramos extractivos del anexo IX, en todos los cotos sociales y en los tramos de pesca intensiva de Pasonuevo, Linsoles, La Sarra y Canfranc-Estación ; en captura y suelta solo cebos artificiales con un único anzuelo sin arponcillo. En aguas ciprinícolas toda trucha común capturada debe devolverse. Cebo natural (lombriz, grillo…) solo para personas de 65 años o más en aguas trucheras extractivas no de alta montaña. Una sola caña en aguas trucheras, dos en ciprinícolas. Pesca prohibida del cangrejo de río ibérico. En los tramos fronterizos con Cataluña (Noguera Ribagorzana, Cinca, Segre, Ebro Mequinenza–Flix, Algars, Matarraña) se aceptan la licencia aragonesa, catalana o interautonómica (art. 1.3).

Especies invasoras

  • Carpa común, salvelino, black bass, siluro, lucioperca, perca europea, alburno, rutilo, escardino : Pesca en régimen de captura y suelta voluntaria solo en las aguas del anexo XII (área ocupada antes de la Ley 42/2007) (art. 14.1) ; captura intencionada prohibida fuera de ellas y, en caso de captura accidental, « el pescador deberá sacrificar los ejemplares de forma inmediata y rápida, eliminándolos del medio natural junto con sus restos » (art. 15).1
  • Lucio (Esox lucius) : Captura y suelta voluntaria solo en tramos de la cuenca del Gállego (río Gállego desde la cola del embalse de La Peña, río Sotón, embalse de las Navas) ; fuera de ellos « deberán ser sacrificados y eliminados por el pescador » (art. 14.2).1
  • Pez gato (Ameiurus melas), pez sol (Lepomis gibbosus) y cualquier otra especie exótica invasora no incluida en el art. 14 : « deberán ser sacrificados y eliminados del medio natural en todas las aguas de Aragón, incluso en aquellas en las que estuvieran presentes antes de diciembre de 2007 » ; se autoriza su posesión y transporte una vez sacrificados (autoconsumo, compostaje, contenedor de fracción resto en bolsa cerrada) (art. 14.3).1
  • Trucha arcoíris (Oncorhynchus mykiss) : Solo aprovechamiento en cotos deportivos y privados con autorización del INAGA para su suelta (art. 14.4) ; en aguas trucheras de captura y suelta, las especies alóctonas capturadas « deberán portarse siempre muertas » (art. 5.5).1
  • Cangrejo rojo (Procambarus clarkii) : Solo pesca extractiva en las aguas del anexo XIII, todo el año, máximo 8 reteles ; « El pescador deberá sacrificar los ejemplares en el mismo momento de su captura » ; prohibido en el ámbito del plan de recuperación del cangrejo de río ibérico (art. 14.7, 19.3).1
  • Carpines (Carassius auratus) : Aprovechamiento en todas las aguas no vedadas, captura y suelta voluntaria (art. 14.5).1

Lo que la autoridad no publica

Puntos que no hemos encontrado en los textos oficiales: consultar con la autoridad.

  • Durée de validité de la licence aragonaise standard (adulte) : non publiée sur la page tasa 16 consultée, vérifier auprès de l'INAGA
  • Tailles/cupos propres aux cotos deportivos : définis dans chaque plan técnico, non publiés dans l'Orden, vérifier auprès de l'INAGA / FAPyC

Las normas cambian cada año y pueden modificarse durante la temporada. Antes de pescar, comprueba el texto vigente con la autoridad indicada.

Dónde pescar

Lugares de pesca recogidos en las fuentes oficiales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta la licencia de pesca en Aragón en 2026?

La licencia «Licencia interautonómica de pesca (Tasa 16, tarifa 08)» cuesta 25 € (cuota fija anual (un año desde la expedición según el convenio)). Las demás modalidades y precios están en la tabla, con la fuente oficial.

¿Cuándo se abre la pesca de trucha común en Aragón?

Trucha común: … → 15 oct, según el calendario oficial de arriba.

¿Cuál es la talla mínima de trucha común en Aragón?

Trucha común: 21 cm. Todo ejemplar menor debe devolverse al agua de inmediato.

Fuentes oficiales

  1. ORDEN MAT/1888/2025, de 17 de diciembre, Plan General de Pesca de Aragón para la temporada 2026 (BOA núm. 6, 12/01/2026) (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  2. Tasa 16: Tasa por servicios de expedición de licencias y permisos de caza y pesca — Gobierno de Aragón (consultado el 23 de septiembre de 2026)
  3. Pago de tasas de licencias de caza y pesca — Gobierno de Aragón (consultado el 23 de septiembre de 2026)

Última comprobación : 23 de septiembre de 2026.

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Normativa de pesca en España